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Os animo a seguir adelante,

Os animo a seguir adelante, como Federación y como colectivo. Ojalá en todas partes de la Península hubiera el movimiento que habéis conseguido entre todos en Galicia.

Hablando de vehículos históricos, aquí va una "perla" sacada del preámbulo del real decreto que los regula. Se aprobó hace nada menos que catorce años. A ver quién nos discute que las embarcaciones históricas y tradicionales no se merecen, como mínimo, el mismo trato.

Saludos.
Josep-Anton

REAL DECRETO 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos.

«Con dicha proposición el Congreso se hacía eco de las aspiraciones de múltiples usuarios, que venían subrayando la insuficiente regulación de los vehículos históricos por el artículo 249 del Código de la Circulación, que contemplaba aquéllos sólo como vehículos de exhibición, cumpliendo determinadas trabas burocráticas».

«Sin embargo, los llamados vehículos históricos, que reúnen ciertos requisitos de antigüedad y singularidad, no pueden, precisamente por ello, someterse sin más a la normativa común y precisan un régimen especial que salvaguarda su carácter representativo y simbólico de una determinada época de la producción automovilística y de la importante significación que la misma tuvo en la cultura de nuestros tiempos».

«Ese objetivo de carácter general permite, por otra parte, ofrecer un adecuado régimen de catalogación y circulación de esos vehículos, cohonestando su preservación y, al mismo tiempo, su utilización por los interesados, rodeando a esta última de las necesarias seguridades de índole técnica y mecánica».

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